Ayudas y Subvenciones

Una información facilitada por la Agencia de Desarrollo y Empleo de Ateca

Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ):

ANUNCIO relativo a la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de cultura año 2026.

Texto: BDNS (identif.): 913555.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913555).

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y artículos 9, 11 y siguientes de la Ley de Subvenciones de Aragón, se publica el extracto de las bases de la convocatoria de subvenciones para la realización de actividades culturales en Ateca durante el
año 2026, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:

Primero. — Beneficiarios.

Todas aquellas asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y debidamente registradas en el correspondiente Registro de la Comunidad Autónoma que tengan su sede en el municipio de Ateca, que realicen durante el ejercicio de 2026 actividades subvencionables.

Segundo. — Objeto.

El objeto de la convocatoria es colaborar económicamente con las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro de Ateca, con la finalidad de fomentar la participación por parte de los ciudadanos en la realización de actividades y/o eventos culturales que contribuyan al logro de un fin de utilidad pública o interés social.

Tercero. — Bases reguladoras.

La convocatoria se realiza dentro del marco legal establecido por la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo
(RD 887/2006, de 21 de julio), y de forma expresa sobre las bases reguladoras que se determinan en la Ordenanza General de Subvenciones.

Cuarto. — Cuantía.

El importe de la subvención no podrá superar el 75% del presupuesto de la actividad, hasta un máximo de 1.500,00 euros. La concesión de estas subvenciones es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, si bien el importe de la misma en ningún caso podrá ser el coste de la actividad subvencionada.

Quinto. — Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPZ. La convocatoria íntegra será publicada en la web del Ayuntamiento de Ateca (http://www.aytoateca.es), en sede electrónica
(Ateca (http://www.ateca.sedelectronica.es), y en tablón de anuncios. El impreso de solicitud, así como el resto de modelos normalizados a cumplimentar por el solicitante,
se podrán a disposición de los interesados en la página web del Ayuntamiento de Ateca.

Ateca, a 17 de junio de 2026.

Toda la información está disponible en BOPZ

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